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Seguro con Ahorro

Tributación de los Seguros de Vida
¿Cómo impacta la publicación de la Ley Nº 21.420 en los seguros de vida?

Queremos que siempre cuente con la información que necesita, por lo que en esta ocasión le informamos la modificación introducida por la Ley N°21.420, publicada en el Diario Oficial el día 4 de febrero de 2022 y que tiene por objetivo financiar la Pensión Garantizada Universal. Esta ley modifica y elimina distintas exenciones tributarias, una de las cuales afecta directamente a la indemnización de los Seguros de Vida, en los siguientes términos:

¿Tienes dudas?

Te orientamos para que tomes la mejor decisión.

Según lo indicado, los montos que tengan derecho a recibir los beneficiarios de seguro de vida con ocasión a la muerte del asegurado se gravaran con impuesto a la herencia, lo que anteriormente estaba exento de tributación.
Además, se incorpora al Artículo 54 que “las compañías de seguros no podrán pagar sumas debidas por contratos de seguros de vida sin contar previamente con el comprobante de pago del impuesto”.

Esta modificación sólo aplicará para las indemnizaciones correspondientes a las pólizas de seguros de vida contratadas a contar del día 4 de febrero del año 2022.

Están afectas las indemnizaciones que tengan derecho a recibir los beneficiarios de los seguros de vida con ocasión de la muerte del asegurado, respecto de las coberturas de fallecimiento y muerte accidental.

Afecta a los seguros de vida, por lo cual los productos que se ven impactados son seguros con coberturas de fallecimiento y muerte accidental. Siempre y cuando hayan sido contratados a partir del 4 de febrero de 2022.

Sí, por la indemnización del capital de fallecimiento.

Sí, aplicaría a todo el mercado asegurador.

Para poder pagar las sumas que tengan derecho los beneficiarios, estos deben presentar a la compañía de seguro previamente el comprobante de pago de impuesto a la herencia.

El monto a pagar por impuesto de herencia, dependerá de la realidad específica de cada causante, sus herederos y beneficiarios. Hacemos presente que la situación patrimonial y tributaria de cada persona es responsabilidad del titular de cada póliza.

La normativa en cuestión se encuentra aún en etapa de discusión en el Servicio de Impuestos Internos, por lo que cualquier modificación no ha entrado en vigencia.
Consorcio se encuentra siguiendo el estado de avance del proyecto de norma y, una vez publicado y conocido su texto definitivo, comunicaremos por los canales oficiales sus efectos y consecuencias en los seguros de vida CUI ofrecidos por esta compañía.”

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