Mejor precio
por persona adicional.
$3.656.874
Mayor protección
por persona adicional.
$5.600.000
Gastos Hospitalarios | |
Prestaciones a raíz de una hospitalización como Día Cama y Honorarios Médicos, Cirugía Ambulatoria, Maternidad, Bono PAD, entre otros. |
Gastos Ambulatorios | |
Consultas de medicina general y especialidad, prestaciones ambulatorias sin hospitalización como Exámenes de Laboratorio, Imagenología, Consultas Médicas y Procedimientos. |
Asistencia Dental | |
Red a nivel nacional con el arancel más bajo del mercado (previamente conocido), contando con un 70% de descuento sobre arancel. |
Comparativo Seguros Complementarios UC CHRISTUS
Complementario Exámenes |
Complementario Full Ambulatorio |
Complementario Ambulatorio + Hospitalario |
Complementario Total |
|
---|---|---|---|---|
Exámenes | ||||
Consultas y Procedimientos ** | ||||
Atención Hospitalaria | ||||
Urgencias | ||||
Precio desde | ||||
Beneficio Adicional: Asistencia Dental |
* Valor referencial en pesos chilenos ($) utilizando la UF al 05/08/2024
** Consultas Medicas para clientes FONASA preferente en Centro Médico San Joaquin
Con tu seguro contratado, asiste a Sucursales UC CHRISTUS.
Obtén tu reembolso automáticamente a través de imed para prestaciones ambulatorias.
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¡Atiéndete en estas sucursales de UC CHRISTUS!
Hospital Clínico UC CHRISTUS
Marcoleta 367, Santiago.
Clínica San Carlos de Apoquindo
Av. Camino el Alba 12407, Las Condes, Santiago.
Centros médicos y Laboratorios de UC CHRISTUS
Información sobre este seguro
- Este seguro cubre gastos reembolsables asociados a prestaciones que deriven de un accidente o enfermedad diagnosticados durante la vigencia de la póliza, cuando superan la carencia, hasta el monto máximo de gastos reembolsables anual.
- La cobertura se otorga en todas las sucursales UC CHRISTUS que cubran las prestaciones cubiertas por la póliza.
- Este seguro no considera deducible.
Porcentaje de Reembolso | ||
---|---|---|
Prestador de Salud | Prestación: Hospitalaria | Prestación: Ambulatoria |
Hospital Clínico UC CHRISTUS | 100% | 70% |
Otras Sucursales UC CHRISTUS | 50% | 25% |
Condiciones generales del producto
POL 320230440
Corresponden a las señaladas en el Artículo 8 de las Condiciones Generales que han sido debidamente depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero según el código POL 320230440.
Condiciones generales del producto
POL 320230440
- Este seguro puede ser contratado en forma individual o para un grupo familiar. Las edades mínimas/máximas de ingreso y permanencia se detallan a continuación:
- Declaración de salud aprobada y aceptada por la Compañía.
- Si uno de tus familiares no cumple las condiciones de asegurabilidad, no podrá ser agregado al plan.
- El contratante es igual a pagador, contratante es persona natural y puede ser distinto al asegurado titular, pero no es obligatorio.
- Posterior a la contratación de este seguro, sólo se podrán agregar como cargas hijos recién nacidos y/o adoptados.
- La cobertura comenzará su vigencia solo una vez que la Compañía de Seguros acepte el riesgo propuesto y en la fecha indicada en la Póliza.
- Carencia:
- 0 días para hospitalización por accidente.
- 3 meses para hospitalización por enfermedad.
- El período de carencia será contado desde la incorporación de cada asegurado a la póliza, previa aceptación de la Compañía. Durante el periodo de carencia, la Compañía cobrará un 70% de la prima bruta mensual pactada en la contratación del seguro.
Asegurables | Edad mínima de ingreso | Edad máxima de ingreso | Edad máxima de permanencia |
---|---|---|---|
Titular | 18 años | 69 años y 364 días | 99 años y 364 días |
Cónyuge, Conviviente Civil, Padres, Suegros, Pareja | 18 años | 69 años y 364 días | 99 años y 364 días |
Hijos e Hijastros | Desde el nacimiento | 23 años y 364 días | 24 años y 364 días |
La Compañía cubrirá los Gastos Reembolsables según el porcentaje de reembolso dependiendo de la cobertura y la Bonificación Mínima de Salud (BM)1 correspondiente al Prestador de Salud, que se detallan a continuación:
Prestador de Salud | Prestación: Hospitalaria |
---|---|
Hospital Clínico UC CHRISTUS | 30% |
Otras Sucursales UC CHRISTUS |
50% |
1Bonificación Mínima de Salud (BM): Corresponde al porcentaje que se considerará como exigencia mínima del sistema de salud del asegurado para la determinación de los gastos reembolsables. Para los efectos de establecer el monto de la indemnización, la Compañía aplicará el mayor valor entre:
(i) El porcentaje total cubierto por el Sistema de Salud Previsional (SSP) del asegurado en conjunto con otros seguros, sistemas o instituciones que otorguen beneficios médicos al cual pertenezca el asegurado; y,
(ii) El porcentaje de BM correspondiente al prestador de salud.
Al total de los gastos médicos presentados a la Compañía, se le descontará el resultado de aplicar a dicho monto el mayor porcentaje determinado precedentemente. Por último, al resultado anterior se aplicará el porcentaje de reembolso.
Antes de contratar tu seguro te invitamos a revisar las coberturas, exclusiones y requisitos para que compres de manera informada.
- Este seguro cubre gastos reembolsables asociados a prestaciones que deriven de un accidente o enfermedad diagnosticados durante la vigencia de la póliza, cuando superan la carencia, hasta el monto máximo de gastos reembolsables anual.
- La cobertura se otorga en todas las sucursales UC CHRISTUS que cubran las prestaciones cubiertas por la póliza.
- Este seguro no considera deducible.
Porcentaje de Reembolso | ||
---|---|---|
Prestador de Salud | Prestación: Hospitalaria | Prestación: Ambulatoria |
Hospital Clínico UC CHRISTUS | 100% | 70% |
Otras Sucursales UC CHRISTUS | 50% | 25% |
Condiciones generales del producto
POL 320230440
Corresponden a las señaladas en el Artículo 8 de las Condiciones Generales que han sido debidamente depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero según el código POL 320230440.
Condiciones generales del producto
POL 320230440
- Este seguro puede ser contratado en forma individual o para un grupo familiar. Las edades mínimas/máximas de ingreso y permanencia se detallan a continuación:
Asegurables | Edad mínima de ingreso | Edad máxima de ingreso | Edad máxima de permanencia |
---|---|---|---|
Titular | 18 años | 69 años y 364 días | 99 años y 364 días |
Cónyuge, Conviviente Civil, Padres, Suegros, Pareja | 18 años | 69 años y 364 días | 99 años y 364 días |
Hijos e Hijastros | Desde el nacimiento | 23 años y 364 días | 24 años y 364 días |
- Declaración de salud aprobada y aceptada por la Compañía.
- Si uno de tus familiares no cumple las condiciones de asegurabilidad, no podrá ser agregado al plan.
- El contratante es igual a pagador, contratante es persona natural y puede ser distinto al asegurado titular, pero no es obligatorio.
- Posterior a la contratación de este seguro, sólo se podrán agregar como cargas hijos recién nacidos y/o adoptados.
- La cobertura comenzará su vigencia solo una vez que la Compañía de Seguros acepte el riesgo propuesto y en la fecha indicada en la Póliza.
- Carencia:
- 0 días para hospitalización por accidente.
- 3 meses para hospitalización por enfermedad.
- El período de carencia será contado desde la incorporación de cada asegurado a la póliza, previa aceptación de la Compañía. Durante el periodo de carencia, la Compañía cobrará un 70% de la prima bruta mensual pactada en la contratación del seguro.
La Compañía cubrirá los Gastos Reembolsables según el porcentaje de reembolso dependiendo de la cobertura y la Bonificación Mínima de Salud (BM)1 correspondiente al Prestador de Salud, que se detallan a continuación:
Prestador de Salud | Prestación: Hospitalaria |
---|---|
Hospital Clínico UC CHRISTUS | 30% |
Otras Sucursales UC CHRISTUS |
50% |
1Bonificación Mínima de Salud (BM): Corresponde al porcentaje que se considerará como exigencia mínima del sistema de salud del asegurado para la determinación de los gastos reembolsables. Para los efectos de establecer el monto de la indemnización, la Compañía aplicará el mayor valor entre:
(i) El porcentaje total cubierto por el Sistema de Salud Previsional (SSP) del asegurado en conjunto con otros seguros, sistemas o instituciones que otorguen beneficios médicos al cual pertenezca el asegurado; y,
(ii) El porcentaje de BM correspondiente al prestador de salud.
Al total de los gastos médicos presentados a la Compañía, se le descontará el resultado de aplicar a dicho monto el mayor porcentaje determinado precedentemente. Por último, al resultado anterior se aplicará el porcentaje de reembolso.
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Te orientamos para que tomes la mejor decisión.
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Es el pago de los gastos médicos cubiertos por su seguro, que la Compañía realizará directamente al Asegurado Titular o al Prestador de Salud en los términos, porcentajes, límites y topes definidos en la póliza.
Corresponden al costo efectivamente incurrido por el Asegurado de los Gastos Ambulatorios y/o Gastos de Hospitalización que cumplan con los requisitos establecidos en la póliza.
Es el monto máximo que se bonifica para una prestación de acuerdo a lo pactado en el seguro contratado dentro del período de un año.
Corresponde a la cantidad máxima cubierta, que la Compañía reembolsará al Asegurado Titular o, en su defecto, a quienes acrediten de manera fehaciente haber incurrido efectivamente en ellos, por los Gastos Reembolsables asociados a un mismo Accidente o Enfermedad, dependiendo de la edad del Asegurado y en los términos y condiciones señalados en la Póliza.
El período de carencia es el tiempo que debe pasar desde que contratas tu Seguro de Salud hasta que puedes empezar a usar algunos de sus beneficios, aunque ya estés pagando tus primas. Durante este tiempo inicial no podrás acceder a ciertas coberturas o asistencias. Este período comienza desde el primer día que entra en vigor tu póliza.
*Valor referencial en Pesos Chilenos ($) utilizando la UF del día 5 de agosto de 2024. Monto final podría diferir según el valor de la UF del día de contratación.
La duración del seguro es anual con renovación automática. En cada renovación anual, la Compañía podrá proponer nuevas condiciones en cuanto a la prima para los Asegurados vigentes para el período siguiente.
En cada renovación anual, la Compañía podrá proponer nuevas condiciones en cuanto a la prima para los asegurados vigentes para el periodo siguiente.