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Valor mensual desde

$8.790 UF 0,25

Durante los primeros 3 meses de vigencia el Capital Asegurado corresponde a UF 20 y a partir del cuarto mes de vigencia de la póliza el Capital Asegurado será de UF 1.000

¿Qué es?

Seguro Oncológico Libre Disposición

El Seguro Oncológico Libre Disposición es un seguro de salud, que entrega al asegurado un monto de libre disponibilidad si es diagnosticado por primera vez de algún cáncer primario cubierto por la póliza. Se entenderá por cáncer primario aquella enfermedad neoplásica que no haya recibido tratamiento con anterioridad a la contratación de la Póliza.

¿Te interesa este seguro?

Obtén protección y acceso a servicios de Telemedicina.

Contrátalo online

Ventajas del Seguro Oncologico Libre Disposición

Entrega un monto de hasta UF 1.000 al asegurado, en caso de diagnóstico comprobado de cáncer primario.

Realiza atenciones médicas desde cualquier lugar con el servicio de Telemedicina.


Es de fácil contratación, 100% online.

No requiere exámenes médicos

Planes y Tarifas

Elige la protección más adecuada para ti

18 a 30 años

Desde

$8.790

UF 0,25 mensual

31 a 40 años

Desde

$12.660

UF 0,36 mensual

41 a 65 años

Desde

$16.520

UF 0,47 mensual

La prima del seguro se determina en UF con IVA incluido. Tarifa mensual se mantiene fija durante la vigencia del seguro, se calcula según edad actuarial (cumpleaños más cercano, pasado o futuro) al momento de la contratación.
Los valores en $ son referenciales, utilizando UF del 3 de enero de 2023
Tarifa varía de acuerdo a la edad del asegurado al momento de la contratación o evaluación.
Durante los primeros 3 meses de vigencia el Capital Asegurado corresponde a UF 20 y a partir del cuarto mes de vigencia de la póliza el Capital Asegurado será de UF 1.000. Los primeros 3 meses de vigencia la Compañía cobrará el 40% de la Prima Bruta Mensual.

¿Por qué es importante este seguro?

El cáncer no distingue edad, género, ni condición social.

El tratamiento de cáncer tiene un alto impacto financiero.

Hoy el cáncer es la segunda causa de muerte en el país. Se proyecta que será la principal causa en el año 2023.
Fuente: Departamento de Estadísticas e Información de Salud - MINSAL

Ayuda

¿Cómo usar este seguro?

Debes presentar un diagnóstico comprobado de Cáncer (biopsia de tu propio costo) y completar formulario de denuncio de siniestro.
Si cumples las condiciones del seguro notificaremos el estado del denuncio, los tiempos de resolución e informaremos si requeriremos más información.
Una vez revisados todos los antecedentes, informaremos sobre la cobertura del siniestro.
Si el diagnóstico es aprobado, se realizará el pago de la indemnización.
Denunciar siniestro

Coberturas

Información sobre tu seguro

Coberturas de tu Seguro Oncológico Libre Disposición

La Compañía pagará al Asegurado, por única vez, la indemnización establecida en las Condiciones Particulares si durante la vigencia de la Póliza y por causa no excluida, se le diagnostica clínicamente por primera vez un cáncer primario.

El riesgo es cubierto por Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. según las condiciones generales incorporadas al Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL320210033. La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de éstas, sus límites y las exclusiones correspondientes se encuentran en las Condiciones Generales de la póliza antes mencionada.


POL 320210033

Descargar

Según lo establecido en el artículo 4 de EXCLUSIONES en el POL320210033 la cobertura otorgada en virtud de esta Póliza no será exigible a la Compañía en los siguientes casos:

  • Ninguna enfermedad o accidente que no sea cáncer.
  • El cáncer cérvico uterino in situ; y el cáncer a la piel, con excepción del melanoma maligno.
  • Enfermedades preexistentes, para los efectos de la aplicación de esta exclusión, al momento de la contratación la Compañía Aseguradora deberá consultar al propuesto Asegurado acerca de todas aquellas situaciones o enfermedades preexistentes que pueden importar una limitación o exclusión de cobertura. En las Condiciones Particulares se establecerán las restricciones y limitaciones de la cobertura, en virtud, de la declaración de salud efectuada por el propuesto Asegurado.
  • Edad de contratación desde 18 años cumplidos hasta máximo 65 años actuariales.
  • Que no cuenten con este seguro vigente en la Compañía.
  • Que no cuenten con alguna cobertura Oncológica vigente de similares características en la Compañía.
  • No podrán ser aseguradas aquellas personas que tengan un diagnóstico comprobado de cáncer y/o que hayan estado en proceso de estudio o diagnóstico de un cáncer antes de contratar este seguro, entendiendo por estudio, aquellas biopsias pendientes de realizar y/o de interpretar por su médico.
  • Ser titular del medio de pago requerido para este seguro vía Descuento en Tarjeta de Crédito.
  • Este seguro es de vigencia anual, renovable hasta los 70 años.
  • Declaración de salud aprobada y aceptada por la compañía.

La Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las Compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl. Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de la Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. o a través de la página web www.ddachile.cl.

¿Tienes dudas?

Te orientamos para que tomes la mejor decisión.

  • Edad de contratación desde 18 años cumplidos hasta máximo 65 años actuariales.
  • Que no cuenten con este seguro vigente en la Compañía.
  • No podrán ser aseguradas aquellas personas que tengan un diagnóstico comprobado de cáncer y/o que hayan estado en proceso de estudio o diagnóstico de un cáncer antes de contratar este seguro, entendiendo por estudio, aquellas biopsias pendientes de realizar y/o de interpretar por su médico.
  • Ser titular del medio de pago requerido para este seguro vía Descuento en Tarjeta de Crédito.
  • Este seguro es de vigencia anual, renovable hasta los 70 años.
  • Declaración de salud aprobada y aceptada por la compañía.

Seguro Oncológico IRAM

Es un seguro de salud, que cubre atención y tratamiento oncológico en la clínica IRAM.

  • Cubre todos los tipos de cáncer, incluso el cáncer in situ.
  • Podrás estar asegurado hasta cumplir 100 años, siempre que se renueve la póliza.
  • Te acompañamos sin importar el número de recaídas.
  • Te entregamos una indemnización de UF 50 de libre disposición, frente al diagnóstico comprobado de cáncer.

Muchos nos hemos preguntado esto a la hora de empezar a pensar cómo mejorar y proteger nuestra salud. Y la respuesta usualmente no es sencilla, en Consorcio sabemos que la respuesta es “depende”.

Existe una serie de variables que debes considerar para encontrar el mejor seguro oncológico para ti:

  • Tus necesidades particulares: Es esencial tener claras cuales son tus necesidades y los riesgos a los que puedes estar expuesto. Te recomendamos que leas cuidadosamente las coberturas, las limitaciones y las exclusiones de cada tipo de seguro oncológico para encontrar el seguro que mejor se adapte a tus necesidades.
  • Tu edad: Primero que todo, mientras antes contrates un seguro oncológico mejor. ¿Por qué? Bueno, existe una relación directa entre la edad y problemas y complicaciones de salud. Mientras más joven contrates tu seguro de salud o de vida, puedes acceder a mejores coberturas y a primas más convenientes que si lo hicieras con una edad más avanzada. Es más, si dejas pasar muchos años podrías desarrollar complicaciones de salud que se transformarán en preexistencias a la hora de contratar un seguro.
  • Preexistencias y antecedentes médicos: Muy relacionado al punto anterior, son las preexistencias de salud que tengas. Como lo define la Superintendencia de Salud, las enfermedades o condiciones de salud previas son asuntos a considerar cuando tomas un seguro, principalmente si es un seguro de salud o de vida.
    En este sentido, es sumamente importante que seas transparente sobre tu estado de salud, tus preexistencias y lo que te preguntemos cuando quieras contratar el seguro. Es más, si se evidencia “dolo del asegurado” o mientes respecto a la información facilitada, ya sea para la contratación del seguro y/o el desarrollo de este, Consorcio queda exonerado de asumir el compromiso de cobertura del riesgo.
  • Letra pequeña: En Consorcio queremos ser lo más transparentes contigo, es por eso que te animamos a que revises y consultes con nuestros ejecutivos cualquier duda y letra pequeña que consideres necesaria consultar.

Según lo establecido en el artículo 4 de EXCLUSIONES en el POL320210033 la cobertura otorgada en virtud de esta Póliza no será exigible a la Compañía en los siguientes casos:

  • Ninguna enfermedad o accidente que no sea cáncer.
  • El cáncer cérvico uterino in situ; y el cáncer a la piel, con excepción del melanoma maligno.
  • Enfermedades preexistentes, para los efectos de la aplicación de esta exclusión, al momento de la contratación la Compañía Aseguradora deberá consultar al propuesto Asegurado acerca de todas aquellas situaciones o enfermedades preexistentes que pueden importar una limitación o exclusión de cobertura. En las Condiciones Particulares se establecerán las restricciones y limitaciones de la cobertura, en virtud, de la declaración de salud efectuada por el propuesto Asegurado.

El deducible es la suma de dinero que siempre será de tu cargo en caso de que sufras alguna enfermedad que afecte tu salud. En otras palabras: al contratar un seguro oncológico con deducible, tu acuerdo con nosotros como aseguradora considera que, en caso de que tengas un evento que sea objeto de cobertura, tú pagarás una parte predeterminada de éste. Sólo cuando el monto del reembolso supere el deducible, el seguro reembolsa el saldo al asegurado.

La prima de un seguro oncológico es el costo o precio mensual del seguro, es decir, son las cuotas que paga el asegurado para estar cubierto por la compañía de seguros. Consorcio, a cambio de esta prima se compromete a indemnizar a los beneficiarios del seguro en caso de que se produzca un evento que es objeto de cobertura, siempre y cuando este evento esté dentro de los límites pactados del contrato.

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